El Real Decreto 518/2026 actualiza el Reglamento General de Circulación para reforzar la protección de peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal. La mayoría de las medidas entrará en vigor el 1 de octubre de 2026.
La movilidad ha cambiado profundamente en los últimos años. En las calles y carreteras conviven cada vez más formas de desplazamiento y, con ellas, diferentes niveles de vulnerabilidad. Para responder a esta realidad, la reforma incorpora por primera vez una definición legal de «usuario vulnerable de la vía» y establece nuevas normas de circulación y protección.
El texto fue publicado en el BOE el 26 de junio de 2026 como Real Decreto 518/2026.
Cambios para los vehículos de movilidad personal
La edad mínima para conducir un VMP, como un patinete eléctrico, será de 15 años. Sus usuarios deberán llevar el casco correctamente abrochado.
Entre el ocaso y la salida del sol, o cuando exista poca visibilidad, deberán utilizar al menos un elemento luminoso o reflectante visible a una distancia mínima de 150 metros. Quienes empleen estos vehículos para trabajar deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad durante toda su jornada.
La obligación de utilizar el alumbrado del VMP también durante el día se exigirá a partir del 1 de octubre de 2027.
Fuera de los núcleos urbanos, los VMP podrán circular por determinadas vías ciclistas o vías sin tráfico motorizado, siempre que la señalización no lo prohíba. Seguirán sin poder circular por autopistas, autovías, travesías ni por el resto de vías interurbanas.
Más protección para los ciclistas
En vías interurbanas se eliminan las anteriores exenciones al uso del casco. Por tanto, las personas que circulen en bicicleta deberán utilizar un casco homologado o certificado y correctamente abrochado.
Al adelantar a un ciclista en una vía interurbana, el vehículo deberá circular, como máximo, a 20 km/h por debajo del límite del tramo y mantener al menos 1,5 metros de separación lateral. Cuando corresponda, tendrá que realizar un cambio completo de carril.
En ciudad, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril cuando sea seguro. Los vehículos a motor que circulen detrás deberán mantener una distancia mínima de cinco metros.
Nuevas obligaciones para motos y ciclomotores
Conductores y pasajeros deberán llevar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier tipo de vía.
Los cascos deberán estar homologados conforme al Reglamento UNECE R22. En el caso de los ciclomotores, los cascos simplemente certificados podrán seguir utilizándose durante el periodo transitorio que finaliza el 1 de octubre de 2027.
Las motocicletas podrán circular por el arcén derecho cuando exista congestión, pero únicamente en los tramos señalizados para ello y sin superar los 30 km/h.
Cinturón también para taxis y vehículos de mercancías
La reforma elimina las exenciones que permitían a determinados conductores de taxis, vehículos de transporte de mercancías y vehículos de enseñanza no utilizar el cinturón en algunas situaciones.
A partir del 1 de octubre de 2026, deberán llevarlo puesto. Se mantiene una excepción específica para el personal que atienda a pacientes en el habitáculo asistencial de una ambulancia durante un servicio de urgencia.
Carriles de emergencia y conducción con nieve
Cuando se produzca una retención en autopista o autovía y se aproxime un vehículo prioritario, los conductores deberán apartarse para formar un carril de emergencia.
En carreteras con dos carriles por sentido, el espacio se formará entre ambos. Si existen tres o más carriles, se abrirá entre el carril izquierdo y el inmediatamente contiguo.
Cuando la nieve dificulte la circulación estará prohibido adelantar. Deberás utilizar el carril derecho y, en vías con tres o más carriles, también podrá utilizarse el contiguo, dejando libres los restantes carriles de la izquierda para los servicios de emergencia y los quitanieves.
Otras novedades en ciudad
El nuevo Título VI reúne normas específicas para los entornos urbanos. Entre otras medidas, refuerza la acera como espacio reservado para peatones, regula los caminos escolares seguros y establece criterios comunes para el estacionamiento de autocaravanas.
Los ayuntamientos podrán desarrollar estas normas mediante sus ordenanzas, pero no podrán contradecir ni desvirtuar lo establecido en el reglamento estatal.
La seguridad también depende del estado del vehículo
Las nuevas normas inciden en el comportamiento, la visibilidad y la protección de las personas. A ello debe sumarse el buen estado técnico del vehículo.
En la ITV se comprueban elementos relevantes como frenos, dirección, alumbrado, visibilidad, neumáticos, ejes y suspensión. Mantener la inspección al día ayuda a detectar defectos que pueden comprometer tu seguridad y la de quienes comparten la vía contigo.


